Zona de Comercio Exterior de la Marina

Como primera y única Zona de Comercio Exterior (FTZ) de la Marina en el condado de Miami-Dade, el Yacht Haven Grande-Miami de IGY en Island Gardens se ha mantenido muy ocupado recibiendo y dando servicio a algunos de los yates más grandes e impresionantes del mundo en Miami.

Con el aumento de la demanda de este servicio único y beneficioso, IGY ha recibido recientemente más aclaraciones sobre los términos y condiciones de la FTZ por parte de la oficina de Aduanas y Protección de Fronteras de Estados Unidos (US-CBP).

 

¿Qué es una zona franca?

Una FTZ alivia los derechos e impuestos sobre los yates importados y las embarcaciones de bandera extranjera mientras están en la zona. En pocas palabras, el estatus de FTZ permite a los agentes de ventas de superyates internacionales mostrar y vender su inventario de yates de todo el mundo a los potenciales compradores estadounidenses en un muelle FTZ especialmente designado en YHG-Miami.

 

Último consejo de US-CBP:

Los yates de pabellón extranjero pueden obtener las autorizaciones necesarias para entrar en una zona franca designada y realizar todas las actividades previas a la venta, incluidas las exposiciones, las pruebas en el mar, los salones náuticos y las visitas de corredores y clientes. Según los términos y condiciones actuales de la US-CBP, la venta de un yate debe realizarse fuera de Estados Unidos (puerto extranjero).

 

Las ventajas del estatus de zona franca frente a la fianza del Salón Náutico

Si el yate está en estado de inventario FTZ, puede ser mostrado a cualquier persona, en cualquier momento, mientras el yate esté en estado FTZ - no hay límite de tiempo. El yate puede pasar por todo el proceso de venta con la excepción del cierre y la entrega del yate al comprador, que debe tener lugar fuera de un puerto estadounidense.

El yate debe tener los derechos pagados en el caso de un comprador estadounidense que quiera abanderar el yate o llevarlo al extranjero para cerrarlo y entregarlo allí.

Sin embargo, si el yate está bajo una fianza de salón náutico, puede mostrarse a cualquier persona mientras el barco esté en un salón, pero una vez terminado el salón, el yate sólo puede mostrarse a los posibles compradores que lo visitaron en el salón.

Esta fianza tiene una duración máxima de seis meses y el yate debe cerrarse mediante el pago de derechos o la exportación. No se puede optar a una nueva fianza del Salón Náutico en los tres meses siguientes a la cancelación de la fianza anterior.

 

Los peligros de ignorar las normas
Teniendo en cuenta lo anterior, es posible que algunos corredores de yates se sientan tentados a ofrecer yates para su venta sólo a residentes no radicados en Estados Unidos. Sin embargo, es mucho lo que está en juego y los corredores que no respeten esta norma corren el riesgo real de que las aduanas estadounidenses confisquen el barco de su cliente. Se trata de una situación potencialmente arriesgada para un yate de cualquier tamaño, dado el alto valor neto frente al mínimo coste de colocar el yate en la zona franca.

En resumen, restringir la venta de un yate sólo a los extranjeros y eliminar a los posibles compradores estadounidenses no tiene sentido desde el punto de vista financiero si se comparan los costes de la zona franca con los de la publicidad, la promoción y todos los demás gastos necesarios para vender un yate.

 

Aclaración de las aduanas estadounidenses

De acuerdo con el consejo de la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras de los Estados Unidos emitido en abril de 2021 con respecto a la actividad de venta de embarcaciones mientras se encuentran en una FTZ, la Junta de FTZ del Departamento de Comercio ha considerado apropiado que las embarcaciones que han sido admitidas en una FTZ sean exhibidas al público para su venta, siempre y cuando la transferencia de propiedad y la entrega se produzcan después de que la embarcación sea retirada del estatus de zona.

La venta de una embarcación no puede completarse hasta que sea retirada del estatus de zona franca mediante la presentación de una entrada de consumo junto con el pago de los derechos por parte del propietario o la exportación de la embarcación desde los Estados Unidos a un país extranjero.

Sin embargo, este consejo va en contra de lo que se acordó originalmente cuando se creó la zona franca de YHG-Miami.

Las aduanas de Port Everglades han emitido un Boletín de Aduanas en el que se indica que, si bien un yate puede ser expuesto y puesto a la venta mientras se encuentra en la zona franca, la venta no puede consumarse hasta que el yate haya sido retirado del estatus de zona franca, ya sea mediante la exportación o el pago de derechos", afirma Bert Fowles, Vicepresidente de Ventas y Marketing de IGY Marinas.

Esto no es lo que se acordó inicialmente cuando se crearon las zonas francas marítimas y no estoy de acuerdo con la interpretación de "venta al por menor" que utiliza ahora el USCBP. La comunidad de FTZ en Port Everglades está en pie de guerra y el MIASF puede estar dando los primeros pasos en este sentido'.

FINES